Servel ordena el naipe de las elecciones en abril: Las candidaturas que no pasaron el filtro de la ley
Este sábado el Servicio Electoral (SERVEL) entregó el listado definitivo de las candidaturas aceptadas y rechazadas de cara a las elecciones programadas para el 11 de abril, que incluye alcaldes, concejales, gobernadores regionales y convencionales constituyentes.
En el caso de las candidaturas a la convención constitucional, de las que se inscribieron el 11 de enero, fueron aceptadas 1373 y rechazadas 189 fueron rechazadas.Paralelamente 95 candidaturas fueron declaradas "inadmisibles" por el Servel. Esta fue la situación de las listas que presentó la empresa Felices y Forrados, que se dedica a hacer recomendaciones previsionales, pero cuyas candidaturas, según el Servel, infringieron los Artículos 18, 132 y la disposición vigésimo novena transitoria de la Constitución Política de la República y los artículos 2 y siguientes de la Ley 18.603 sobre Partidos Políticos”.
En el listado definitivo, también aparece como rechazada la lista de candidatos a la Convención Constituyente que inscribió el Partido Humanista por no cumplir con la norma cuadragésimo séptima transitoria de la Constitución que busca incluir entre los convencionales a personas con discapacidad. "De la totalidad de las declaraciones de candidaturas de las listas conformadas por un solo partido político o pactos electorales de partidos políticos, se establecerá un porcentaje mínimo del cinco por ciento del total respectivo de candidaturas para personas con discapacidad", dice la normativa.
En cuanto a algunas candidaturas independientes que quedaron fuera se incluye la del cineasta Silvio Caiozzi, por no presentar declaración de patrimonio e intereses y la del artista visual Arturo Duclós, por no reunir las firmas suficientes, lo mismo ocurrió con la pintora Concepción Balmes. También la del ex director del Museo de Bellas Artes, Milan Ivelic. En este caso porque la lista no cumple con la paridad de género en el distrito 11
Otro de los motivos para quedar legalmente excluido fue que algunas candidaturas fueron declaradas como independientes pero las personas estaban afiliadas a partidos políticos.
De todas maneras, la ley contempla un plazo de cinco días para reclamar la resolución al Tribunal Calificador de elecciones. " Los partidos políticos y los candidatos independientes podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la resolución de aceptación o rechazo de candidaturas, reclamar ante el Tribunal Calificador de Elecciones”, detalla la normativa.
El listado completo de candidaturas aceptadas y rechazadas, para todos los cargos que serán elegidos el 11 de abril, se puede encontrar en el siguiente link
Fuente: El Mostrador, 23 de Enero 2021
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