miércoles, 20 de febrero de 2008

EL ABC DE LA REFORMA PREVISIONAL


EL ABC DE LA REFORMA PREVISIONAL

Un verdadero cambio cultural persigue la reforma provisional, cuya fase inicial está fijada para el 1 de julio de este año. La idea es pasar de un mercado donde el poder está concentrado en las administradoras (privadas o públicas) a uno donde el cotizante maneje su propia información y le saque partido. Por eso, aquí le entregamos datos de cómo operarán algunos de los nuevos beneficios.


Por Soraya Rodríguez / La Nación


El recientemente nombrado subsecretario de Previsión Social, Mario Ossandón, no tiene tiempo para las dudas. Para el 1 de julio su repartición debe tener listos los decretos ley, los reglamentos y las ordenanzas que harán posible el cambio institucional para la nueva ley provisional y coordinar un conjunto de instituciones destinadas a facilitar la concreción de la reforma: INP, Superintendencia de Seguridad Social, Superintendencia de AFP y la Comisión Ergonómica Nacional (que califica si corresponde una pensión de vejez anticipada o no por trabajo pesado).
Además, como institución rectora de la política pública en materia provisional (fortaleza que no tenía), se hará cargo de los estudios para ir realizando permanentemente las modificaciones que se requieran.
Los cambios institucionales más importantes son la transformación del INP en dos instituciones autónomas, con patrimonio propio: el Instituto de Previsión Social, dedicada específicamente a pensiones, y el Instituto de Seguridad Laboral, entidad normativa y fiscalizadora en materias de protección del trabajador, calificación de riesgos, educación preventiva, etc. Asimismo, tanto esas entidades como las AFP deberán mejorar la calidad de la atención, para lo cual se programó la instalación de 50 centros (25 en pleno funcionamiento este año) que estén dotados de alta tecnología, cómodos y en línea, capaces de dar respuesta inmediata a los usuarios sobre su historia previsional y las condiciones de accesibilidad a los beneficios.
Otro rol fundamental que asigna la norma a la subsecretaría es la educación previsional. Sobre esto, Ossandón detalló que "en Chile, los problemas centrales de la previsión son la poca continuidad en las cotizaciones (densidad), que impacta en el resultado final de la pensión, y que hay mucha gente que siendo activos y no cesantes, están fuera del sistema".
El tema de la información es clave en el proceso, porque hasta ahora los estudios muestran que los chilenos poco o nada saben del sistema de pensiones. Ante este diagnóstico, la reforma fija en la subsecretaría esta labor educativa que implica un cambio cultural. "Cualquier reforma siempre va a tener una limitación en este escenario. Por lo tanto, el factor esencial de la reforma es el cambio de conducta que tengan los chilenos sobre sus propias cuentas individuales", resaltó Ossandón, destacando un tema generalmente olvidado por la ciudadanía: "los primeros 10 años de cotizaciones, impactan en el 40% de la pensión final".
De allí que el objetivo de la reforma es generar incentivo al ahorro para la vejez y abandonar la opción del "trabajo negro" (trabajo informal).

Participación ciudadana

Se crea la Comisión Nacional de Usuarios, integrada por un representante de los trabajadores, uno de los empleadores, uno de los pensionados y la presidirá un académico.
“Este es un cambio trascendente, en la medida en que hay una instancia formal de canalización de las inquietudes y de la reclamación de los usuarios. Así, materializa el concepto de la Presidenta Bachelet de gobierno ciudadano, porque lo que estamos haciendo con esto es incorporar a los ciudadanos, en forma organizada, a una materia de decisión pública”, subrayó Ossandón.

Aporte previsional solidario

Si usted ha cotizado y al 1 de julio recibe una pensión inferior a los $ 255.000, ésta se incrementará con el aporte previsional solidario desde este año hasta el 2012, hasta abarcar un 60% de la población. Lo que recibirá finalmente ese año dependerá de cuánto tenga al 1 de julio de 2008 en sus fondos previsionales. Es decir, el que tiene como fondo base 10 mil pesos al 2012 va a recibir 82 mil pesos de pensión, mientras que el que tenga más de 70 mil en sus fondos recibirá más de 200 mil. La idea es incentivar también al ahorro.

Pensión básica solidaria de vejez

-Si tiene más de 65 años, no ha cotizado nunca y su grupo familiar se ubica en el 40% con menores recursos (según la ficha de protección social), a partir del 1 de julio, deberá concurrir a la municipalidad para verificar su ficha y luego inscribirse en el nuevo Instituto de Previsión Social (IPS) para solicitar la pensión básica solidaria.
-El derecho rige a partir de la solicitud y se pierde por cambio de condición social o por no cobrar el beneficio en seis meses.
-Si usted tiene más de 65 años, no ha cotizado nunca, pertenece al 40% más pobre y tiene una pensión asistencial, tendrá asegurada su PBS y desde el 1 de julio, le llegará en su pago (*)
(*) Desde el 2009 los beneficiaros deberán acreditar pertenecer al 60% más pobre.

¡Cuánto va a recibir en ambos casos?

Julio de 2008 a junio de 2009: $ 60.000
Julio de 2009 a junio de 2010: $ 75.000
Julio de 2010 a junio de 2011: $ 75.000 reajustado en 100% IPC
Julio de 2011 a junio de 2012: El monto anterior más 100% IPC, hasta cubrir al 60% de la población con menores recursos.
Pensión Básica Solidaria de Invalidez

- Si Ud. es declarado inválido por las comisiones médicas, no tiene derecho a pensión en ninguno de los regímenes actuales y tiene entre 18 y 65 años, debe certificar su condición ante las comisiones médicas de la Superintendencia de Pensiones y luego inscribirse en el nuevo IPS.
- Si ya tenía pensión de invalidez, pasa automáticamente al nuevo régimen, sin necesidad de volverse a inscribir.
- También son beneficiarios los pensionados por gracia, exonerados políticos, pensionados de las leyes Rettig y Valech, que sólo gocen de ese beneficio. En este caso tienen derecho a un porcentaje de la PBS de invalidez si esta última es de un monto superior a la primera.

Bono por hijo nacido

-Antes del 1 de julio de 2009: Para las mujeres pensionadas antes de esta fecha, no rige el beneficio.
1 de julio de 2009: El Estado beneficiará a las madres que se pensionen desde esta fecha, con aproximadamente $ 250.000 en su cuenta previsional por cada hijo nacido vivo o adoptado hasta entonces. La cifra se reajustará de ahí en adelante sólo según IPC.
Después del 1 de julio de 2009: El mismo bono cercano a los $ 250.000 se entregará por cada hijo nacido vivo después de esa fecha, reajustado según la rentabilidad promedio que tenga el fondo C, desde la fecha en que nació cada hijo hasta que la mujer cumpla los 65 años.

Pensión de sobrevivencia

(Para los hombres)
Al morir la mujer será beneficiario de esta pensión el cónyuge y el padre de hijo de filiación no matrimonial que demuestre haber vivido a expensas de su pareja.

Fondo de Educación Provisional

Tendrá carácter concursable y la obligación de que un 60% de los recursos debe estar destinado a proyectos educativos sobre la reforma en regiones.

(La Nación, 18 de Febrero 2008)

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