lunes, 15 de enero de 2007

PÍLDORA DEL DÍA DESPUES


BACHELET FIRMARÁ DECRETO SUPREMO TRAS FALLO DE FORMA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Inconstitucional de forma y no de fondo. En un fallo de seis votos contra cuatro, el Tribunal Constitucional (TC) objetó la resolución del Ministerio de Salud que permite la entrega de la píldora del día después a todas las mujeres en los consultorios, a partir de los 14 años.
Así, el organismo estableció que para implementar la medida se requiere un reglamento que regule la entrega del fármaco y no una simple resolución ministerial.
De esta manera, pese al traspié, basta sólo con que la Presidenta Michelle Bachelet ponga su firma en un decreto supremo, para cumplir con la formalidad. Y en esa dirección fue la reacción del Ejecutivo. "La Presidenta procederá a firmar un decreto que contendrá exactamente las mismas disposiciones que contenía la resolución que ha sido declarada inconstitucional por vicios de forma y esperamos que esto sea a la brevedad posible dentro de la próxima semana", anunció el ministro secretario general de Gobierno, Ricardo Lagos Weber.
Aunque dejó en claro que se cumplirá la resolución del Tribunal
Constitucional, "mientras tanto seguirán vigentes las normas que estaban con antelación a la norma cuestionada", dijo.
Esto implica que por el momento no se podrá distribuir el fármaco en el sistema público a todas las mujeres que lo requieran, sino que sólo a quienes sufran de violencia sexual.
Lo peor de todo es que si bien se espera que este lunes la Presidenta firme el decreto, éste tendrá que ingresar a la Contraloría General de la República para ser analizado, trámite que demorará al menos tres meses más.
FALLO DE FORMA
La decisión del Tribunal Constitucional era esperada con ansias tanto por el Gobierno como por los parlamentarios de oposición que presentaron el recurso contra la medida sanitaria.
Más aún cuando las autoridades sanitarias ganaron el primer round, luego que la Corte de Apelaciones obligara en noviembre pasado a distribuir la pastilla a los alcaldes de derecha que se oponían.
En las últimas semanas había trascendido que el fallo podía ser adverso, idea que se acrecentó con el duro pronunciamiento de la Iglesia Católica.
"El acto administrativo contiene un conjunto de normas, cuyo alcance es nacional o de aplicación general a todos los destinatarios de ellas y dotadas de carácter permanente, es decir, que no agotan o pierden vigencia por su aplicación en un caso determinado", dijo el Tribunal.
El presidente subrogante del TC, Juan Colombo, despejó el tema. "Las razones que dio la mayoría de sus integrantes fueron de orden formal y no de fondo, por lo que la instancia no abordó la materia si el fármaco es o no anticonceptivo".
Agregó que el fallo se refirió exclusivamente a la temática administrativa enfrentada a la Constitución. "El efecto de esta sentencia del TC lo tiene que aplicar la administración. No hay aquí un período de cumplimiento de la sentencia. Nosotros nos limitamos a resolver un conflicto constitucional y por mayoría de votos se decidió desde el punto de vista formal que la ministra (de Salud) no tenía capacidad autónoma para dictar regulaciones sobre estas actas, eso es lo que decidió el tribunal", explicó Colombo.
Sin embargo dejó abierta una posibilidad. "El Tribunal funciona generalmente a requerimiento de la autoridad o de los sujetos legitimados por lo tanto tan pronto nos llegue otro requerimiento tendremos que entrar a darle la tramitación correspondiente".
(La Nación, 13 de Enero 2007)

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